CTAIMACAE es el único software del mercado que está desarrollado, implantado y mantenido por técnicos en Prevención de Riesgos Laborales expertos en CAE. Esto hace que su granularidad permita bajar al detalle que tu empresa necesite y garantice totalmente el cumplimiento del Real Decreto 171/2004.
El software CTAIMACAE es personalizable, modular y escalable. Esto proporciona una gran cantidad de opciones para poder dar respuesta a toda la tipología de empresas. Gracias a ello, nuestra cartera de clientes es muy heterogénea. Damos servicio a pequeñas y medianas empresas y también tenemos entre nuestros clientes a un gran número de empresas líderes en sus sectores de producción. Lo que une a todos nuestros clientes es su intención de agilizar y optimizar sus procesos sin perder la garantía de cumplimiento legal.
Absolutamente. CTAIMACAE es el software CAE del mercado que tiene la mayor capacidad de llegar al detalle en la configuración de sus requisitos precisamente para poder dar respuesta a las empresas con mayores riesgos.
CTAIMACAE tiene clientes y usuarios de todos los sectores de actividad. Consulta nuestro apartado de clientes y podrás comprobar qué empresas ya han confiado en nosotros.
Totalmente. CTAIMACAE dispone de diversos niveles de servicio y contratación que lo convierten en la mejor solución integral CAE del mercado.
Un cliente tuyo te ha pedido que subas documentación a la plataforma CTAIMACAE.com y necesitas una clave para acceder. El único que puede darte un usuario y clave es la empresa para la que trabajas. Ponte en contacto con ellos para que te envíen un email con esa información
Desde CTAIMA no podemos otorgar o cambiar nombres de usuario y/o contraseñas a los contratistas de nuestros clientes.
El Real Decreto 1627/97 no dice explícitamente las titulaciones requeridas para convertirse en el “técnico competente” de que sí habla la norma.
Lo que sí se saben son las obligaciones que este técnico deberá hacer frente en una obra de construcción y, siempre deberá hacer una interpretación o evaluación de los criterios de prevención, cuando haya que alterar el plan de seguridad y salud. Igualmente, deberá planificar la acción preventiva que se tendrá que ejecutar ante situaciones de riesgo.
¿Necesitas saber más? Te recomendamos esta lectura: ¿Qué formación ha de tener un Coordinador de Seguridad y Salud?
La Ley marca que el empresario titular del centro de trabajo tendrá la obligación de garantizar para todas las empresas, independientemente del espacio, características o sector de actividad las siguientes cuestiones:
Es decir, no existe ningún eximente en materia de cumplimiento legal de la Coordinación de Actividades Empresariales para ningún sector ni área de actividad
CTAIMACAE pone a disposición de sus clientes un servicio de consultoría que ayuda a mejorar la gestión de contratistas cuando existen concurrencia en cualquiera de sus tipos:
La Ley no lo recoge claramente y existen dos corrientes que la interpretan de forma diferenciada:
El empresario titular, “es la persona que tiene la capacidad de poner a disposición y gestionar el centro de trabajo”, sin embargo, el empresario principal, “es el empresario que contrata o subcontrata con otros la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de éste y que se desarrollan en su propio centro de trabajo”.
En este último caso, la obligación de informar es inherente siempre que exista concurrencia entre dos empresas, o entre los riesgos del centro, las medidas preventivas vigentes y las de emergencia. Además, la obligación se verá ampliada y también será necesario vigilar el cumplimiento de la normativa de prevención y que se hayan establecido los medios de coordinación necesarios.
Como en casi todo, hay que decir que depende. La Ley establece diferentes tipos de desplazamiento de trabajadores en función del origen del trabajador.
CTAIMACAE es un avanzado software en la nube para la gestión de las empresas contratistas, está disponible en 6 idiomas y ha sido implantado con éxito en 9 países garantizando el cumplimiento legal en materia de prevención de riesgos laborales y la coordinación de actividades empresariales.
La primero que hay que tener presente a la hora de realizar la coordinación empresarial con trabajadores autónomos, es revisar las obligaciones de estos en prevención de riesgos laborales:
La Cooperación en Coordinación de Actividades Empresariales implica a la empresa principal y la empresa contratista y supone el cumplimiento de las siguientes claves:
Empresas Contratistas:
Empresas Titulares:
Los documentos que la Inspección de trabajo te exigirá en el caso de que ocurra un accidente laboral son los siguientes:
En principio no es obligatorio por una cuestión de protección de datos y derecho a la intimidad. Sin embargo existen excepciones en determinados sectores como el de la Vigilancia y Seguridad. Lo importante, según una sentencia del Tribunal Supremo, es que se vele por la integridad física o la salud del resto de trabajadores y por tanto, se debe acreditar que la persona que efectuará ese trabajo está en plenas condiciones.